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El juez ratifica la paralización de Meseta Ski
jueves, 17 de abril de 2008
La posibilidad de practicar el deporte ‘blanco’ en la meseta ha encontrado un nuevo y contundente escollo. La pista de esquí seco de Villavieja está más lejos de convertirse en realidad a causa de una sentencia que rechaza el acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Tordesillas para autorizar el uso excepcional del suelo rústico donde se asienta.

El Juzgado de la Contencioso Administrativo Nº 2 de Valladolid da así la razón al recurso interpuesto por Ecologistas en Acción y desmorona la base del proyecto.

Sin esa posibilidad de utilización de los terrenos, no podrá concederse la licencia ambiental (también recurrida y por la que ya se paralizó cautelarmente la obra) ni tendría sentido cambiar el uso del suelo.

El incorrecto trámite de información pública, la no justificación del "interés público" de la estación, la declaración de Impacto Ambiental posterior a la autorización de utilización de los terrenos e infracciones de normas como la Ley de Montes, el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León o el Plan General de Ordenación Urbana de Tordesillas fundamentan el pronunciamiento.

Al margen de la posibilidad de recurrir en un plazo de 15 días, la decisión judicial "anula por no ser conforme a derecho" el trámite del Ayuntamiento de Tordesillas, imprescindible para dar vía libre a ‘Meseta Ski y acordado el 4 de octubre de 2006.

La huelga de los funcionarios de Justicia mantenía en la sombra, hasta el martes 15, la sentencia a la que ha tenido acceso EL MUNDO, emitida el 22 de febrero y que concede una nueva ‘victoria’ en el caso de Villavieja al colectivo Ecologistas en Acción de Valladolid.


 

El dictamen considera las razones alegadas por esta organización, que señaló diversas irregularidades en el procedimiento seguido por el Consistorio. Entre ellas, infracciones de artículos del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, como la exigencia de someter el acuerdo a información pública cuando toda la documentación esté completa. Ese requisito incumplido privó a los ciudadanos, "de la posibilidad de acceso e impugnación de los nuevos documentos". La sentencia determina que "en la tramitación del expediente administrativo no se ha respetado el trámite de información pública".

Amparado en el mismo Reglamento se alegó la ausencia de una "declaración de interés público"acompañando a la licencia para el uso excepcional. Sí se presentó "un informe elaborado por el gerente de la Sociedad Provincial de Desarrollo de Valladolid" [la promotora del proyecto, Sodeva], pero se asegura que "la declaración de interés público de la actividad de la instalación no puede entenderse sustituida por las consideraciones que pueda hacer el promotor de un informe como ha ocurrido en este caso".

Ese documento puede probar, concluye el texto, "el efecto dinamizador", pero "no puede considerarse suficiente para fundamentar existencia de un interés público".

Aunque la población de la zona se ha movilizado en favor de una infraestructura en la que ven una fuente de recursos para la comarca, el texto asegura que no se prueba "que el proyecto vaya a redundar en beneficio de todos los administrados, sino que este beneficio podrá entenderse producido para las personas que puedan obtener un puesto de trabajo, para los establecimientos de hostelería y de alojamiento, para las personas que, a cambio del precio, puedan disfrutar del uso de las instalaciones y para la empresa explotadora".

La vulneración de normas alegadas afecta también al Plan General de Ordenación Urbana de Tordesillas, como el necesario sometimiento del proyecto a Evaluación de Impacto Ambiental. El pronunciamiento judicial constata que se ha emitido Declaración de Impacto Ambiental, pero con posterioridad a la autorización de uso excepcional del suelo. Concluye además que "las instalaciones proyectadas exigen para su ejecución acciones encaminadas al cambio de la vegetación natural y no para la reforestación de terrenos, por lo que el uso autorizado por la resolución recurrida exige acciones prohibidas para el PGOU para este suelo".

La Ley de Montes modificada en 2006 es otra de las normas ‘tocadas’. Las parcelas de Villavieja sobre las que se ubicaría la estación Meseta Ski sufrieron un incendio en el año 1998, causado por un accidente de un automóvil, y esa norma establece el "mantenimiento y restauración del carácter forestal de los terrenos incendiados" y prohibe el cambio de uso "al menos durante 30 años", independientemente de las causas que originaran el fuego.

 

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